Condominio. Retención Ganancias - 10/01/2012

Un contribuyente que pertenece a un condominio con 5 personas mas, que alquilan a COTO un inmueble, cuando va a cobrar la parte que le corresponde, este cliente le paga individualmente a cada uno de los propietarios y le realiza la retención individual, o sea coloca el número de C.U.I.T. de cada uno y no el C.U.I.T. del condominio, ¿esto está bien?

El condominio no es sujeto del impuesto a las ganancias, debiendo tributar el impuesto cada uno de los condóminos en proporción a su participación en el condominio. En virtud de ello, la retención de impuesto a las ganancias de la Resolución General Nº 830 se practica a cada uno de los condóminos, debiendo los beneficiarios presentar al agente de retención una nota en carácter de declaración jurada con los siguientes datos: a) Apellido y nombre o denominación. b) Domicilio fiscal. c) CUIT. d) Proporción de la renta que le corresponde. e) Condición ante el impuesto.