Una asociación civil tiene la exención en ganancias tramitada ante A.F.I.P., la cual vence el 31/10/2012. ¿Qué trámite se debe realizar para su renovación y con qué anticipación? - 20/01/2012

De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2681, artículo 20, la renovación de los certificados de exención se realizará anualmente por la AFIP, en forma automática, mediante la utilización de un sistema diseñado con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las entidades exentas. Dicha renovación automática operará en la medida que la entidad cumpla con todos los requisitos vigentes para el otorgamiento de la exención al momento de los controles.